Canales de denuncia

La Ley n.º 93/2021, de 20 de diciembre, aprobó el RÉGIMEN GENERAL DE PROTECCIÓN DE DENUNCIANTES DE INFRACCIONES, que transpone al Derecho nacional la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre, relativa a la protección de las personas que denuncian violaciones del derecho de la Unión. Esta ley establece la obligatoriedad de contar con canales de denuncia internos en las personas jurídicas y entidades asimiladas.

En cumplimiento de la ley, HIGICOL S.A dispone de un sistema que permite al denunciante transmitir, a través de una dirección de correo electrónico, de forma directa y confidencial, cualquier práctica que pueda ser constitutiva de delito o irregularidad que se haya producido en esta empresa.

A través de nuestro Canal de Denuncia, cualquier Colaborador de la empresa también puede comunicar incidentes de acoso que hayan ocurrido dentro de la organización y de los que tenga conocimiento.

Consulte aquí nuestro Reglamento para la Comunicación de Infracciones (Canal de Denuncia) y nuestra Política de Privacidad.

PREGUNTAS PRINCIPALES

¿Qué se puede denunciar?

Cualquier acto u omisión que sea contrario a las normativas establecidas en la legislación nacional o comunitaria en materias relacionadas, entre otras, con contratación pública, blanqueo de capitales, mercados financieros, financiación del terrorismo, seguridad de productos, seguridad de los transportes, seguridad alimentaria, protección ambiental, salud pública, defensa del consumidor, protección de datos personales y competencia.

También se pueden comunicar a la empresa incidentes de acoso moral o sexual ocurridos en el ámbito de la organización.

El canal de denuncias no puede recibir quejas o reclamaciones no relacionadas con los temas mencionados, que no pueden ni serán tratadas a través de este canal.

El canal de denuncia NO DEBE UTILIZARSE para otros fines. En caso de querer presentar una reclamación sobre algún producto adquirido de Andreia Professional o sobre la experiencia de compra o contacto con los servicios de HIGICOL SA se debe utilizar el formulario de contacto (https://andreiaprofessional.com/pages/contact), el teléfono +351 229 758 833  (Días laborales - 09h00 a 13h00 y de 14h00 a 18h00, llamada a la red fija nacional - PT), o, si lo desea, usar el libro de reclamaciones electrónico (https://www.livroreclamacoes.pt/Inicio/ ).

¿Qué infracciones cubre la denuncia?

 Infracciones ya cometidas, en curso o que puedan preverse.

¿Quién puede denunciar?

Cualquier persona que se encuentre con información relativa a infracciones obtenidas en el ámbito de su actividad profesional – incluyendo candidatos, trabajadores del sector privado, social y público, extrabajadores, así como prestadores de servicios, subcontratistas, proveedores (o cualquier persona bajo su supervisión), titulares de participaciones sociales o miembros de órganos estatutarios, voluntarios o becarios (remunerados o no).

¿El denunciante está protegido?

Sí. Se benefician de condiciones especiales de protección que, entre otras cosas, pretenden garantizar el anonimato e impedir las represalias (directas o indirectas).

¿La denuncia puede ser anónima?

Sí. La confidencialidad de la denuncia, así como la protección de la identidad del denunciante y del denunciado, son elementos esenciales para cumplir con las normas de los canales éticos.

¿Cómo se puede presentar la denuncia?

Las denuncias pueden presentarse por escrito rellenando el siguiente formulario.

¿Quién recibe y da seguimiento a las denuncias?

 Nuestros canales de denuncia son operados externamente para la recepción de denuncias y gestionados internamente para su seguimiento, garantizando una presentación y seguimiento seguro de las mismas, con el fin de garantizar la confidencialidad de la identidad o el anonimato de los denunciantes y la confidencialidad de la identidad de terceros mencionados en la denuncia.

En caso de una denuncia no anónima, ¿es posible obtener información sobre su seguimiento?

Sí.

En un plazo de 7 días, los denunciantes son notificados de la recepción de la denuncia y de los requisitos para presentar una denuncia externa (si corresponde).

En un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de recepción de la denuncia, se informa al denunciante de las medidas previstas o adoptadas y de la fundamentación del seguimiento de su denuncia.

El denunciante también puede solicitar, en cualquier momento, que se le comunique el resultado del análisis realizado a la denuncia en un plazo de 15 días tras su conclusión.

Para consultar el Reglamento de Denuncias haga clic aquí.